Aprueban diputados
 tipificar el feminicidio

Se sancionará con pena de 25 a 50 años de cárcel a quienes lo perpetren, y 2 a 5 años de prisión a servidores públicos que, conociendo algún caso del delito, omita o demore acciones codificadas. Se espera que en breve el pleno del Congreso del Estado aprueba las reformas

CHETUMAL.- Diputados de las comisiones Unidas de Justicia, Equidad y Género y de Seguridad Pública de la Décimo tercera Legislatura aprobaron reformas al Código Penal de Quintana Roo y de Procedimientos Penales, para tipificar el delito de feminicidio en el estado, el cual se sancionará con pena de 25 a 50 años de prisión  y de mil quinientos a tres mil días de salario mínimo de multa.
La propuesta fue presentada por los diputados  del PAN en la XIII Legislatura, Demetrio Celaya Cotero, Patricia Sánchez Carrillo, Yolanda Garmendia Hernández y Baltazar Tuyub Castillo, por lo que se deroga el párrafo segundo del artículo 89 y se adicionan los artículos 89 Bis y 89 Ter, todos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; y se reforma el párrafo segundo del artículo 100 del Código de Procedimientos Penales del Estado.
El diputado Demetrio Celaya Cotero señaló que se espera que el dictamen aprobado en el seno de estas tres  comisiones legislativas integradas por diputados del PRI, PAN, PRD y Verde Ecologistas, se pase al pleno del Congreso del Estado a la brevedad posible, tomando en cuenta que esta reforma  representa un avance en materia de equidad y género y protección de los derechos de la mujer.
Añadió que  dentro de las reformas al artículo 89 Bis del  Código Penal de Quintana Roo, se establecen criterios para tipificar el delito de feminicidio cuando se prive de la vida a una mujer por razones de género.
Existen razones de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos:
I.- Exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo, amistad o de vecindad;
II.- Exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, docente, o cualquier otro que implique confianza, subordinación.
III.- Que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
IV.- Que a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previa o posteriormente a la privación de la vida.
V.- Que existan antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
VI.- Que el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público.
VII.- Que la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento.
Además de la sanción señalada, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluido los de carácter sucesorio.
Explicó el informante que también se establecen sanciones a los servidores públicos que por omisión en el desempeño de sus funciones no atiendan los delitos de feminicidio.
De acuerdo al artículo 89 Ter se impondrán de dos a cinco años de prisión, de mil a cinco mil días multa y destitución e inhabilitación del cargo o comisión de cinco a diez años, al servidor público que con motivo de sus funciones y atribuciones conozca del delito señalado en el artículo anterior y omita o realice cualquiera de las siguientes conductas:
I.- No realice las diligencias y actuaciones correspondientes a la averiguación previa en los términos que establecen el Código Penal y el Código de Procedimientos Penales, sin causa justificada;
II.- Efectúe actos de discriminación, coacción e intimidación, contra el denunciante u ofendido del delito; y
III.- Intencionalmente, realice prácticas dilatorias en la procuración y administración de justicia, sin causa justificada.
El representante popular señaló que en Quintana Roo es grave la incidencia de delitos cometidos en contra de las mujeres. Desde el 2003 al 2011 se han cometido en Quintana Roo 541 delitos calificados como homicidios dolosos en contra de las mujeres, de acuerdo a información de las averiguaciones previas de la Procuraduría de Justicia de Quintana Roo.
Afirmó que estas estadísticas obligan al Estado a establecer y mejorar las políticas públicas para reducir en la entidad la incidencia de delitos en contra de las mujeres.

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