Letra muerta, ley de trata

En pleno siglo XXI en Chetumal se observa la explotación a plena luz del día
Indígenas chiapanecos son explotados por su condición de vulnerabilidad



Por Jorge Carrillo Beltrán

CHETUMAL.- La Ley para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas del Estado de Quintana Roo simplemente ha sido letra muerta, entre otras razones, porque son las dependencias y entidades de la administración pública del estado, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las que tienen la obligación de actuar con diligencia para perseguir y sancionar el delito, realizando las investigaciones y acciones necesarias para sancionar a los responsables, brindar atención y protección a las víctimas y prevenir la comisión del delito, mediante el desarrollo de programas y acciones permanentes.
Aunque no es pretexto, el gran número de averiguaciones previas pendientes y en proceso de investigación que tiene a cargo la Procuraduría General de Justicia del Estado, la creciente burocracia que priva en la Secretaría de Salud, la falta de recursos por parte de los Ayuntamientos para cumplir con los mínimos servicios a la comunidad que gobiernan y por ende la inexistencia de un estudio de la gravedad del delito en la entidad, hacen que la Ley en la materia, publicada el 10 de diciembre del año pasado, no se aplique, como sucede con otras legislaciones de avanzada, sí, pero en un contexto no óptimo para su ejecución.
El artículo 8 de dicha Ley establece que la de trata de personas se investigará, perseguirá y sancionará de oficio y se regirá por lo establecido en esta ley, el Código Penal y el Código de Procedimientos Penales de Quintana Roo. Diversas situaciones del acontecer diario recaen en este delito, y al verse como naturales provocan la miopía de las autoridades, que no los ven o no quieren verlos.
Esta Ley define como responsable del delito de trata de personas, a quien capte, reclute, induzca, procure, facilite, consiga, promueva, mantenga, acoja, favorezca, retenga, transporte, permita, solicite, ofrezca, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una o más personas, recurriendo a la coacción física o moral, a la privación de la libertad, a la seducción, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con fines de explotación.
La trata de personas como se observa, no está solamente relacionada con la explotación sexual, delito que de por sí es difícil de comprobar, sino que existe otro sector de la población que se observa en las calles de las principales ciudades de Quintana Roo, los grupos de indígenas chiapanecos que ofrecen mercancías en todo lugar donde existen grandes concentraciones de personas.
Así, encontramos a estos hombres, mujeres y niños deambulando en condiciones paupérrimas ofreciendo artesanías que ellos mismos elaboran con el “apoyo” de sus explotadores quienes los transportan desde su estado natal y les dan un lugar donde dormir con el propósito de quedarse con gran parte de sus ganancias, aprovechándose de su estado de vulnerabilidad como indígenas.
Las sanciones para quien comete este delito son fuertes, pues prevén, según su artículo 7, privación de la libertad de siete a veinte años y de quinientos a mil días de multa y de doce a treinta años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad; además, las penas anteriores se incrementarían hasta en una mitad cuando: Se produce el resultado de la explotación, sea cometido en contra de persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, sea cometido en contra de persona mayor de sesenta años de edad, sea cometido en contra de personas con discapacidad y sea cometido en contra de personas indígenas.
Como se dijo al principio, no hay pretexto para que esta ley no se cumpla y el anterior es sólo un ejemplo fácil de visualizar y en efecto todos tenemos una responsabilidad porque la propia legislación incluye a todos los sectores de la sociedad para llevar a cabo todo un programa que implica desde la prevención hasta el castigo de quienes lo cometen y el apoyo a las víctimas, pero es menester mencionar que hace falta un liderazgo, sea institucional o de la sociedad civil organizada quien tome en serio este fenómeno en beneficio de la erradicación de este tipo de explotación que se da en pleno siglo XXI.

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